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Funciones de Delegados JAC


DELEGADOS TERRITORIALES




Los delegados son ciudadanos que representan los intereses colectivos de sus barrios y veredas en el proceso de Planeación Local y Presupuesto Participativo.

¿Cuáles son las funciones y responsabilidades de los delegados/as?

Generales:

En el 1er Consejo Comunal o Corregimiento:

·       En las Comisiones Temáticas:

·       Equipos Zonales de Gestión.

Son equipos creados por cada secretaría o ente descentralizado para el trabajo en cada una de las zonas que agrupan las 16 comunas de la ciudad: 1, 2, 3, 4, 5 y 6, y los 5 corregimientos, cuya función principal es el acompañamiento y la asesoría técnica a las comunidades en el proceso de priorización y formulación de proyectos.

Las funciones de los Equipos de Gestión se encuentran detalladas en el Decreto 0507 de 2005, por medio del cual se crean y se reglamenta su funcionamiento.

Concejo Municipal de Medellín:

De acuerdo con el artículo 312 de la Constitución Nacional, el Concejo Municipal es una “corporación administrativa elegida popularmente para períodos de cuatro (4) años” y junto con el Alcalde conforman el gobierno municipal.

Dentro del proceso de Presupuesto Participativo el Concejo Municipal:

Junta Administradora Local:

La Junta Administradora Local es una corporación pública de elección popular encargada de representar políticamente a quienes habitan un territorio y ser el enlace entre la municipalidad y la ciudadanía, entre otras funciones.

Dentro del proceso de Presupuesto Participativo las Juntas Administra.

2.1 Actores, funciones e instancias:

Planeación Local y Presupuesto Participativo es un proceso en el que intervienen distintos actores comunitarios e institucionales entre ciudadanía en general, líderes y organizaciones, con el acompañamiento y orientación de la Administración Municipal.

Los siguientes son los actores principales del proceso en Medellín y sus funciones:

2.1.1  Actores gubernamentales:

Administración Municipal:

Para el proceso de PL y PP la Administración Municipal de acuerdo con el artículo 68 del Acuerdo 43, asume un rol de coordinación del proceso, en cabeza de la Secretaría de Participación Ciudadana, el Departamento Administrativo de Planeación y la Vice alcaldía de Gestión Territorial. Adicionalmente, proporciona la asesoría técnica a las comunidades, con el fin de facilitar la formulación y ejecución de los proyectos ciudadanos.

Esta asesoría la da cada secretaría y ente descentralizado, a través de un grupo de profesionales denominado Equipo Zonal, que a su vez es coordinado por un técnico de enlace, que hace parte del Comité de Enlace y Seguimiento (CTE).

Asistir con responsabilidad y puntualidad a las diferentes actividades del proceso. Participando de manera propositiva, acorde con las finalidades y competencias de cada escenario.

Informar a las comunidades y organizaciones sobre el estado del proceso y promover en ellas el control social de la ejecución de proyectos con recursos PL y PP. 

-      Realizar control social a las ejecuciones de los recursos PL y PP. 

·         -     Conocer y promover el Plan de Desarrollo Local y el Plan de Desarrollo Municipal.

·         Conocer y acatar las disposiciones de reglamentación y normativa vigente del proceso.

·         Elegir al representante del consejo para el Comité Municipal de Presupuesto Participativo – CMPP y la conformación del Equipo de Gestión.

·         Inscribirse en una Comisión Temática según afinidad del delegado.

·         Aportar al diagnóstico de cada comuna o corregimiento.

·         Identificar problemas y oportunidades para los territorios donde habitan.

·         Acordar alternativas de solución para la formulación de proyectos.
Velar porque los proyectos estén articulados a los Planes de Desarrollo (Plan de Ordenamiento Territorial, Plan de Desarrollo Municipal, Planes de Desarrollo Local, planes parciales, sectoriales y poblacionales).

·         Aportar consideraciones para la actualización de los Planes de Desarrollo Local de cada comuna y corregimiento. 

Nota: En algunas comunas y corregimientos por su dinámica se suelen realizar más de 2 Consejos Comunales.

A. Propender con sus intervenciones y votaciones por el interés general. 

B. Participar con transparencia, idoneidad y atención a la convivencia y el respeto de los demás.  

C. Participar en las deliberaciones siempre con actitudes propositivas y de respeto a las diferencias entre los participantes.

D. Actuar con honradez, respeto por la vida, la equidad social y territorial y la justicia, teniendo en todo momento como pilar fundamental de actuación la transparencia y la convivencia.

E. Actuar con sentido de respeto por los derechos, propendiendo por el Desarrollo Humano Integral y la construcción de una sociedad participativa.

F. En el uso de los bienes y servicios que ofrecen las entidades oficiales, acceder y permanecer en cumplimiento a las condiciones y exigencias comunes a todos los habitantes del territorio.

Comisión de Vigilancia y Control:  

Es la instancia responsable de corroborar el cumplimiento de las exigencias y requisitos establecidos en el Decreto 1205 y el apoyo a la verificación regular del cumplimiento de responsabilidades, compromisos éticos y demás exigencias a los delegados para mantener dicha calidad. Tiene una vigencia anual y está integrada de la siguiente forma:                            

·  Un delegado de Asocomunal o de las Juntas de Acción Comunal y Juntas de Vivienda Comunitaria donde no exista Asociación Comunal.

·  Tres integrantes de la Junta Administradora Local.

·  El delegado designado para estar en el Comité Municipal de Planeación Local y Presupuesto Participativo –CMPP-.

·  Una persona de la Vice alcaldía de Gestión Territorial, designada autónomamente.

·  Una persona de la Secretaría de Participación Ciudadana, designada autónomamente.

·  Una persona del Departamento Administrativo de Planeación, designada autónomamente.

Equipos de Gestión del Plan de Desarrollo Local y Presupuesto Participativo:

Es la instancia responsable de la creación de estrategias de gestión que faciliten y promuevan la materialización y articulación de los Planes de Desarrollo Local en cada uno de los territorios. Es conformado por el número de integrantes que decida el Consejo Comunal o Corregimiento y mínimamente debe contar con: los integrantes de la Junta Administradora Local, el delegado del Consejo Comunal o Corregimiento al Comité Municipal de Presupuesto Participativo –CMPP-, el delegado de Asocomunal o en caso de que ésta no exista un delegado de las Juntas de Acción Comunal y una persona designada por los diferentes grupos poblacionales reconocidos en el territorio.

2.2 ¿Cómo pueden participar las comunidades?

Todo habitante de Medellín mayor de 14 años puede participar de varias maneras y en diferentes momentos:

Como Delegado/a en el proceso de priorización de recursos 

Para hacer posible el proceso de priorización de recursos para afrontar problemáticas, en cada comuna y corregimiento se eligen unos delegados que trabajan de manera articulada con la Administración Municipal y los integrantes de la JAL – Junta Administradora Local.

En general, son aquellas personas que son elegidas por los habitantes de un barrio o sector para que los represente en los escenarios de Presupuesto Participativo, para tomar las decisiones sobre las mejores formas de invertir los recursos en las comunas o corregimientos.

Los delegados/as son de 3 tipos:  

1. Delegados por Asambleas Barriales y Veredales:

Personas elegidas por votación ciudadana en Asambleas Barriales y Veredales (con mínimo 25 votos en los barrios y 15 en las veredas).

2. Delegados por organizaciones:

Personas designadas por organizaciones sociales, comunitarias y solidarias (una por cada organización, que debe ser elegida y nombrada por la junta directiva o asamblea de la organización).

3. Delegados por grupos poblacionales:

Representantes de grupos poblacionales o sectoriales reconocidos por la ley (mujeres, negritudes, adultos mayores, jóvenes, LGBTI, entre otros.

 

JAC Barrio Boston C-10 Medellín-Antioquia-Colombia  
   
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